Organismos Genéticamente Modificados (OGM)
En Uruguay, la Junta Departamental de Montevideo aprobó el Decreto Departamental Nº 34.901 que establece la obligatoriedad del etiquetado en los alimentos que contienen material GM en un porcentaje mayor al 1%. Por tanto, para evaluar si un producto requiere o no etiquetado es necesario cuantificar.
El contenido de OGM de un alimento se expresa por ingrediente, calculando la cantidad relativa de material GM en el total de material que compone al alimento. Todos los ingredientes de un alimento (p. ej. harina, sémola, aceite), derivados de una misma especie (p. ej. maíz), se consideran colectivamente un solo ingrediente, por lo que se analiza por separado de los demás componentes del alimento.
Para determinar el porcentaje de OGM en un sistema basado en qPCR, es necesario medir el número de secuencias de ADN específicas del OGM y normalizarlo con el número de secuencias de un gen de referencia endógeno de la especie correspondiente.
En este sentido, resulta fundamental analizar sus productos para evaluar si es necesario o no etiquetarlos y así cumplir con la reglamentación vigente.
¿Cómo Funciona?
Preparación De Alimentos
Extracción De ADN
Análisis De La Secuencia Amplificada
Reporte De Análisis
Preguntas Frecuentes
¿Qué son los Alimentos Genéticamente Modificados?
Son aquellos alimentos que contienen o están compuestos por Organismos Genéticamente Modificados, o han sido producidos a partir de ellos. Son organismos cuyo material genético (ADN) ha sido modificado de una forma que no ocurre naturalmente. Es o está compuestos por un OGM (harina de maíz, porotos de soja) Contienen ingredientes derivados de OGM (aceite de maíz, almidón, lecitina de soja)
¿Qué tipo de alimentos podrían estar etiquetados para OGM en Uruguay?
SOJA: Harina, proteína, aceites vegetal, grasa vegetal, lecitina (E322) Monoglicéridos digliceridos de ácidos grasos. MAÍZ: Harina, almidón, aceite, glucosa, jarabe de glucosa, fructosa, dextrosa, maltodetrina, isomaltosa, sorbitol (E420), caramelo (E150)